La Ley 21.719 se posterga a octubre de 2027: qué cambia y qué no
El Senado aprobó postergar la Ley 21.719 de datos personales al 15 de octubre de 2027. Falta la Cámara. Qué cambia, qué no y cómo usar el plazo extra.
Respuesta corta: el 28 de octubre de 2026 el Senado aprobó un proyecto que posterga la vigencia plena de la Ley 21.719 de protección de datos personales hasta el 15 de octubre de 2027. Todavía no es ley: falta que lo vote la Cámara de Diputados y que se publique. Mientras eso no ocurra, la fecha vigente sigue siendo el 1 de diciembre de 2026. Las obligaciones no cambian; lo único que se mueve es el plazo.
Qué aprobó el Senado
- El origen: el Gobierno ingresó el proyecto en septiembre de 2026 y proponía postergar un año completo, hasta el 1 de diciembre de 2027.
- El cambio en el Senado: la Comisión de Constitución acotó la fecha al 15 de octubre de 2027, tras un acuerdo transversal. La Sala lo aprobó por 33 votos a favor y 6 en contra.
- La razón: dar tiempo para que existan las condiciones institucionales y operativas, en especial la Agencia de Protección de Datos Personales, que es la que va a fiscalizar.
- La Agencia: el proyecto también amplía su consejo directivo de tres a cinco integrantes, con periodos de seis años y renovación parcial.
- Lo que viene: el proyecto (Boletín N° 18.623-07) pasa a la Cámara de Diputados. Si lo aprueba sin cambios, queda listo para su promulgación y publicación.
Qué no cambia
La postergación mueve la fecha, no el contenido de la ley. Las empresas igual van a tener que:
- saber dónde están los datos personales que tratan: CRM, ERP, planillas, correos y repositorios;
- contar con consentimientos con evidencia, que se puedan revocar;
- mantener un registro de actividades de tratamiento al día;
- responder los derechos ARCO-P a tiempo y dejar constancia;
- tener medidas de seguridad y un protocolo de brechas para reportar filtraciones.
Todo eso está explicado en lo que TI tiene que tener listo para la Ley 21.719.
Ojo con dar la fecha por hecha
Hasta que la Cámara apruebe y el cambio se publique en el Diario Oficial, la fecha legal sigue siendo el 1 de diciembre de 2026. Si el trámite se demora, podría haber unos días o semanas en que la ley rija con la fecha original. Lo prudente es seguir el avance del proyecto y no frenar el trabajo que ya está en curso. Para la interpretación jurídica de tu caso, conviene apoyarse en tus asesores legales; nosotros lo trabajamos junto a Legal Prisma.
Cómo usar el plazo extra
Diez meses y medio más alcanzan para hacerlo bien, no para partir en septiembre de 2027. Un orden razonable:
- Noviembre y diciembre de 2026: el mapa de datos. Qué datos personales hay, en qué sistemas y con qué riesgo. Es el punto de partida de todo lo demás y el que más se subestima.
- Primer trimestre de 2027: consentimientos y registro de actividades. Dejar registrada cada autorización y conectar ese registro con los sistemas que usan los datos.
- Segundo trimestre: el canal ARCO-P. Un formulario y un flujo que encuentre los datos de la persona en todos los sistemas y responda dentro de plazo. Aquí la automatización ahorra más tiempo.
- Tercer trimestre: seguridad, brechas y pruebas. Simular una solicitud y una filtración de punta a punta, corregir lo que falle y capacitar a los equipos.
Así, en octubre de 2027 la empresa llega con evidencia y no con un plan. Y si la postergación no se concreta a tiempo, el mapa de datos y los consentimientos ya estarán avanzados.
Fuentes
- La Tercera: el Senado aprueba la postergación de la ley de datos personales
- Garrigues: el Senado chileno aprueba el proyecto que posterga la entrada en vigencia al 15 de octubre de 2027
- Senado de Chile: avanza el proyecto que busca postergar la entrada en vigencia
Actualizaremos este artículo cuando la Cámara de Diputados vote el proyecto.


